Notificación de accidentes laborales fatales y graves

Nueva normativa en notificación de accidentes laborales fatales y graves.

Se mantiene obligación de denuncia a Organismo Administrador.

Además. empleador debe informar inmediatamente a la Inspección del Trabajo y SEREMI de Salud acerca de la ocurrencia de un accidente del trabajo fatal o grave.

Empleador debe suspender inmediatamente las faenas afectadas y, de ser necesario, permitir a los trabajadores la evacuación del lugar de trabajo- (AUTOSUSPENSION).

Reanudación de faenas puede efectuarse sólo cuando organismo fiscalizador verifique que se han subsanado las deficiencias constatadas.

Constituyen infracción:

  • No informar.
  • No permitir evacuación de trabajadores.
  • No suspender faenas; Reanudar faenas sin autorización.

Sanciones: Multa de 50 a 150 UTM, aplicadas por Inspección del Trabajo o SEREMI de Salud.

“La Responsabilidad por el Accidente causado por Culpa o Dolo Se hará efectiva, civilmente, en contra de la Empresa, Institución, Servicio o Persona que proporcione trabajo y, penalmente, en contra de las personas que representen legalmente a dicha Empresa, Institución o Servicio”.
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