Nueva normativa en notificación de accidentes laborales fatales y graves.
Se mantiene obligación de denuncia a Organismo Administrador.
Además. empleador debe informar inmediatamente a la Inspección del Trabajo y SEREMI de Salud acerca de la ocurrencia de un accidente del trabajo fatal o grave.
Empleador debe suspender inmediatamente las faenas afectadas y, de ser necesario, permitir a los trabajadores la evacuación del lugar de trabajo- (AUTOSUSPENSION).
Reanudación de faenas puede efectuarse sólo cuando organismo fiscalizador verifique que se han subsanado las deficiencias constatadas.
Constituyen infracción:
- No informar.
- No permitir evacuación de trabajadores.
- No suspender faenas; Reanudar faenas sin autorización.
Sanciones: Multa de 50 a 150 UTM, aplicadas por Inspección del Trabajo o SEREMI de Salud.
